Tanto escándalo se ha hecho con la bandera co la reformada Ley del ISSSTE, que ahora cayo en la falacia, al igual que le Reforma Energética, de que privatizo la seguridad social. A este paso al rato no van a salir que la política actual es privatizar los ríos Panuco y Grijalva, así como el Golfo de México, y lo que es peor es que hay gente que se la "traga" ¡vamos! Ya basta de falacias por un lado y de extrema ingenuidad por otro.
En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se realizó la segunda y última audiencia sobre los amparos presentados contra la ley del ISSSTE, durante la cual el director del referido instituto: Miguel Ángel Yunes, argumentó que la ley no privatiza la seguridad social. Dijo Yunes que la Ley no contempla forma alguna de privatización, aunque, y es precisamente lo que la nueva Ley pretende corregir, en la realidad en el ISSSTE se venía dando una privatización injusta y silenciosa, pues cada vez que a un trabajador se le negaba el servicio se le negaba el servicio, argumentando falta de recursos, tenía que acudir a un particular y pagarlo con cargo a su salario.
Agregó Yunes que con la aplicación de la nueva ley, ha aumentado 95% el abasto de medicamentos y se inició la construcción de dos hospitales de especialidades, además de realizar el reacondicionamiento de los ya existentes.
En su oportunidad, la Comisión Nacional del Ahorro para el Retiro consideró que el nuevo marco legal no le quita, ni le disminuye, derechos a los trabajadores.
Por su parte, Pedro Ordorica Leñero, vicepresidente jurídico de la CONSAR, manifestó que la nueva Ley del ISSSTE no suprimió, ni eliminó, ninguno de los 21 seguros, servicios y prestaciones que contemplaba la anterior, ya abrogada, Ley, sino que los agrupó y reordenó de manera distinta para homologarlos con la ley del IMSS, sentando así las bases para la construcción de un sistema nacional de seguridad social justo y financieramente sustentable.
Con el estudio y análisis ya realizado con base en lo que las partes expusieron abiertamente, finalmente la Suprema Corte determinó que los amparos contra la mencionada nueva Ley del ISSSTE son improcedentes.
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